En la provincia rigen nuevas medidas. Mediante el decreto Nº 4078/21, la provincia de Entre Ríos adhirió a la implementación del pase sanitario. Conforme a la decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1198/21 y su anexo.

Las nuevas medidas regirán desde el 03 de enero. El objetivo es garantizar la realización segura de actividades con mayor riesgo sanitario y epidemiológico en contexto de pandemia.
Condiciones que rigen en todo el ámbito provincial.
Entre Ríos adhirió a la implementación del pase sanitario. En este sentido, la decisión administrativa se dirige a “Toda persona que haya cumplido los 13 años de edad y que asista a las actividades definidas como actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario enumeradas en el anexo, o las que en el futuro se establezcan”.
Por consiguiente, toda persona “deberá acreditar, a partir del 1° de enero de 2022, su identidad y que posee un esquema de vacunación completo contra el Covid-19, aplicado al menos 14 días antes de la asistencia a la actividad o evento”.
Finalmente, aclara que se debe exhibir, “ante el requerimiento de personal público o privado designado para su constatación, y al momento previo de acceder a la entrada del evento o actividad”.
Mecanismos de acreditación de las dosis.
Según información oficial la forma de acreditación de las dosis aplicadas podrá ser a través de:
1- Soporte digital oficial (aplicaciones “Cuidar” y/o “Mi Argentina”).
Descargar la aplicación Mi Argentina
Validar tu identidad en Mi Argentina y obtener el certificado de vacunación.
2- Certificado de vacunación contra el Covid-19 en soporte papel.
Actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario.
En el artículo 2° se dispone la vigencia del presente decreto a partir de su publicación en el Boletín Oficial que se concretará el 3 de enero venidero.
Adhesión de la provincia Actividades de riesgo Acreditación del carnet de vacunación En caso de esquemas incompletos Vigencia de esta medida
Dentro de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario se señalan:
a. Los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes, jubilados y jubiladas, o similares.
b. Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados.
c. Las actividades en salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados.
d. Eventos masivos organizados de más de 1.000 personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre.
Acompañamiento institucional.
Desde la institución estamos a disposición para asesorar y acompañar sobre el alcance de las medidas mencionadas.
Ante cualquier inquietud o sugerencia están los canales habituales de comunicación haciendo click acá.